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Competencias transferidas

Imagen que representa botónEn materia de promoción de turismo

Son competencia de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón las siguientes funciones y servicios, sin perjuicio de aquellas otras actuaciones de planificación, coordinación, promoción y fomento de interés supracomarcal o de carácter general.
  • La formulación y aplicación de la política turística del Gobierno de Aragón.
  • La planificación y ordenación territorial de los recursos turísticos de la Comunidad Autónoma, coordinando las actuaciones que en esta materia lleven a cabo las entidades locales.
  • El ejercicio de la potestad reglamentaria en relación con las empresas, establecimientos y profesiones turísticas.
  • El ejercicio de las potestades autorizatoria, registral, inspectora y disciplinaria sobre las empresas y establecimientos turísticos de su competencia y sobre las profesiones turísticas así como la coordinación de tales potestades cuando sean ejercidas por las entidades locales.
  • La protección y promoción, en el interior y en el exterior, de la imagen de Aragón como destino turístico integral.
  • La coordinación de las actividades de promoción turística que realicen las entidades locales fuera del territorio de la Comunidad Autónoma.
  • El impulso y coordinación de la información turística.
  • El fomento de las enseñanzas turísticas y de la formación y perfeccionamiento de los profesionales del sector.
  • La elaboración y mantenimiento de bases de datos y estadísticas turísticas de la Comunidad Autónoma.
  • La protección y conservación de sus recursos turísticos, en particular el patrimonio natural y cultural, así como la adopción de medidas tendentes a su efectiva utilización y disfrute, todo ello en el ámbito de sus competencias.
  • Registro de Turismo de Aragón y su coordinación con las Comarcas.
  • La resolución de los expedientes sancionadores, iniciados por la Comarca en el ámbito de sus funciones, cuando pueda proceder una sanción de carácter muy grave.
  • La declaración de fiestas de interés turístico de Aragón.
  • La tramitación de los expedientes sobre declaración de fiestas de interés turístico nacional.
  • Resolver los expedientes de solicitud de dispensas.
  • Cualquier otra relacionada con el turismo que se le atribuya en la Ley 6/2003, del Turismo de Aragón o en el resto del ordenamiento jurídico.



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